En fecha 4 de diciembre de 2013, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó Sentencia en la que, ratificando la (sentencia)  dictada por el  Juzgado de lo Social nº 2 de Girona en fecha 30 de abril de 2013, reconoce a un trabajador  de Telefónica que la aportación de la empresa a “su plan de pensiones” debe ser el  6,87% de su salario Regulador, en vez del 4,51% que le venía aportando,  ya que,  a pesar de haber adquirido la condición de fijo en plantilla con posterioridad al 1 de julio de 1992,  con anterioridad a dicha fecha (1 de julio de 1992) prestó servicios con contratos temporales que le han sido reconocidos a efectos de antigüedad en la empresa.  (más…)